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sábado, 23 de enero de 2010
viernes, 22 de enero de 2010
NUEVOS RETIROS A LINDEROS EN EL D.N.
La Resolucion 85-2009 introduce cambios a los retiros que anteriormente se aplicaban en el Distrito Nacional, que fueron establecidos en principio por la Resolucion 8-90 y posteriormente por criterios administrativos, luego de que esta fuera derogada por el Concejo de Regidores.
Los nuevos retiros son:
1-3 Niveles = 3.00mts frontal y 1.50mts laterales y posterior
4-9 niveles = 5.00mts frontal y 2.00mts laterales y posterior
10-15 niveles = 7.00mts frontal y 2.80mts laterales y posterior
16-25 niveles = 9.00mts frontal y 3.60mts laterales y posterior
26-40 niveles = 12.00mts frontal y 4.80mts laterales y posterior
Medidas de excepcion:
- En solares en esquina se permite un 60% del retiro permitido hacia la calle de menor jerarquia.
- En solares irregulares se permite un 70% del retiro permitido hacia los puntos criticos.
- Balcones laterales, solo se permiten si cumplen con 60% del retiro frontal correspondiente.
Los nuevos retiros son:
1-3 Niveles = 3.00mts frontal y 1.50mts laterales y posterior
4-9 niveles = 5.00mts frontal y 2.00mts laterales y posterior
10-15 niveles = 7.00mts frontal y 2.80mts laterales y posterior
16-25 niveles = 9.00mts frontal y 3.60mts laterales y posterior
26-40 niveles = 12.00mts frontal y 4.80mts laterales y posterior
Medidas de excepcion:
- En solares en esquina se permite un 60% del retiro permitido hacia la calle de menor jerarquia.
- En solares irregulares se permite un 70% del retiro permitido hacia los puntos criticos.
- Balcones laterales, solo se permiten si cumplen con 60% del retiro frontal correspondiente.
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